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Archive for April, 2008

Protege la identidad de tus hijos

Tuesday, April 29th, 2008

Ni los menores se salvan de ser víctimas de
delitos financieros, especialmente del robo de identidad. ¡Protégelos!



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México seduce al turismo mundial

Tuesday, April 29th, 2008

Descubre por qué México se ha posicionado como uno de los mejores lugares para viajar en todo el mundo.



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A inmigrante que retorna puente de plata

Monday, April 28th, 2008

No puedo evitar hacerme eco de la noticia “paro enterito pero te vas para casa”. ¿Por qué alguien se está empeñando en poner en práctica originales pero poco efectivas? Pero vamos a analizar el asunto que criticar por criticar no es nuestro lema. La noticia es que el ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, planteará en su primera comparecencia ante el Congreso de los Diputados un paquete de medidas encaminadas a a facilitar el retorno de los inmigrantes a sus países de origen, entre ellas la capitalización del derecho a desempleo.

Primero, vamos a enfocar el asunto desde el punto de vista del inmigrante. Sí, por un lado se facilita el retorno de quien lo necesita, pero básicamente es como pasar de la sartén al fuego, porque la situación en los países de origen así como las condiciones que les hicieron emigrar no son mejores que cuando partieron. Y es que la situación en los países de origen parece ser determinante a la hora de volver. España fue un país de emigrantes pero de los 600.000 españoles que entre 1960 y 1973 emigraron a Alemania se calcula que un 80% regresaron a España en los primeros años de la democracia. Ahora España es un país receptor con la democracia consolidada, ¿se puede decir lo mismo de los países de origen de la inmigración actual? El II Anuario de la Comunicación del Inmigrante indica que al menos un 70% de los inmigrantes extranjeros se queda definitivamente.

Segundo, los trabajadores que se queden o los del país. Bien, pensarán alguno, puestos vacantes que podremos aprovechar los demás. ¿Pero de cuántas vacantes hablamos? La OIM tiene un programa apoyado por el Ministerio de Trabajo español para los inmigrantes muy necesitados que desean regresar a su país. Desde el año 2003 hasta el 31 de diciembre del 2007, un total de 4.850 personas se acogieron a este retorno voluntario (247 eran solicitantes de asilo y el resto inmigrantes), lo que ha supuesto un desembolso de 6,5 millones de euros. El país con más retornos fue Bolivia (793), por delante de Argentina (655), Colombia (578), Ecuador (513) y Brasil (356). En los últimos meses se ha detectado un repunte en las solicitudes de argentinos y brasileños (porque ha mejorado la situación económica allí). Estas cifras parecen muy pequeñas en comparación con el millón y medio de inmigrantes que han llegado a España en los últimos cinco años. Es decir, la tasa de retorno de los inmigrantes sin recursos es del 0,003. Lógicamente, otros inmigrantes con más recursos han decidido también en los últimos años retornar por su cuenta.

Tercero, las empresas. Para que un trabajador pueda cobrar el subsidio el despido, debe ser la empresa quien despida. Ciertamente habrá despidos justificados pero ¿qué pasa si un inmigrante quiere acogerse a esta medida? Pues es de suponer que pacte su salida de la empresa renunciando a rebajando la indemnización que pudiera corresponderle. Es decir, la medida de incentivar el retorno con una ayuda (el cobro total del paro) incentiva, a su vez, unos despidos pactados que van a ser pagados por todos los españoles, todo ello sin contar que se precisa de la connivencia de las empresas.

En definitiva, me parece una medida ciertamente poco efectiva y que vamos a pagar todos los españoles. Entre líneas, parece darse por cierto que la regularización de inmigrantes de hace unos años no fue la más adecuada. Y algunos dirán, entonces ¿qué hacer? Sinceramente me gusta más la otra medida que propuso el presidente en la investidura – la concesión de microcréditos para ser utilizados en los países de origen - al tiempo que se me ocurre como una idea interesante favorecer la creación de empresas o trabajo autónomo entre los inmigrantes.
Vía | LaVanguardia
Imagen | e-faro.info



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Negocios en tiempos de crisis

Monday, April 28th, 2008

En estos tiempos revueltos en los que cada día nos despertamos con una noticia poco halagüeña sobre nuestra economía, a saber, el aumento del número de desempleados, el incremento del euribor, la bajada de ventas de inmuebles, vehículos, descenso en la solicitudes de financiación, etc…, muchos emprendedores rescatan del pasado una serie de negocios que son a prueba de crisis.

Son negocios que en tiempos boyantes son descartados porque el consumidor prefiere la adquisición de productos nuevos.

Muchos de vosotros sabéis ya que me estoy refiriendo a aquellos negocios o actividades que tienen como objetivo el mantenimiento de lo que ya tenemos, la reparación, la adecuación…

A modo de ejemplo podría señalar:

Talleres de reparación de vehículos. Decisiones como la adquisición de nuevos vehículos se retrasan a la espera de unas mejores perspectivas económicas, por lo tanto cobra mayor importancia un correcto mantenimiento de nuestro vehículo.
Servicios de reparación de electrodomésticos. Igual que en el anterior supuesto, siempre resultará más económico llamar a un técnico de reparación que adquirir una nueva lavadora.
Rehabilitación y reformas de viviendas. Bajen o no bajen los pisos, siempre será preferible hacer unas pequeñas reformas en nuestro hogar, que meternos en una nueva hipoteca.
Reparación de calzado. Un buen cuidado de nuestro calzado nos permitirá prolongar su uso.
Arreglos de ropa. ¿Por qué tirar una prenda si se puede arreglar?

Ahora bien, siempre se pueden tomar estas ideas y darles un nuevo enfoque, intentando innovar en la medida de la posible, para mejorar el servicio y la percepción que se tiene del mismo por parte del cliente, dirigirlo hacia otros sectores menos explotados, etc.

Está más que comprobado que en tiempos de crisis y pérdida de confianza por parte de los consumidores, se acostumbra a mirar mucho más el dinero que destinamos a la adquisición de bienes y servicios, por lo que se descartan adquisiciones que conlleven un gasto extraordinario, y que no obedecen a una necesidad real e imperiosa.

Por lo tanto es buen momento para volver a estos negocios “clásicos”, pues aunque el marco económico no resulte el más favorable, siempre tendrán una buena acogida por parte de todos aquellos preocupados por el destino que dan a su dinero.

Imagen | Velma



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Subvenciones para desempleados, beneficio para las empresas.

Monday, April 28th, 2008

No todo es negativo en el RDL 2/2.008 de Medidas de Impulso a la Actividad Económica. Este decreto aprobado por el Gobierno, presenta unas medidas que favorecen la orientación, formación profesional e inserción laboral. Este decreto lanza dos nuevas subvenciones que van orientadas en las siguientes líneas:

Subvención para el proceso de la búsqueda de empleo.
Subvención para facilitar la movilidad geográfica.

La primera que enumero, va dirigida a los colectivos que se encuentren en situación de desempleo, realizando un proceso de busqueda activa de trabajo y de una cuantía máxima de 350 mensuales durante un periodo máximo de tres meses. Los beneficiarios de estas subvenciones no pueden tener ingresos superiores al IPREM.

Esta línea es bastante superflua bajo mi opinión, dado que no habla de técnicas de recolocación, no especifica claramente los requisitos de los beneficiarios, cuestión que supedita la concesión de dichas subvenciones a determinados perfiles, y personalmente, dudo de su eficacia, dado que la comparo a una ayuda ecónomica dirigida más a colectivos con dificultades ecónomicas y laborales que una medida de reorientación e inserción laboral.

La segunda subvención que se plantea, que facilita la movilidad geográfica, si es más coherente con la situación económica actual, y además favorece ampliamente a las empresas que busquen determinados perfiles, a la misma vez que favorece a los trabajadores que no se animan a cambiar de trabajo a otra población por los problemas económicos que esta decisión conlleva aparejados.

Esta medida, contempla los siguientes requisitos:

Se destina a trabajadores desempleados, y cuya contratación implique desplazamientos y traslado de residencia dentro del territorio español.

Serán beneficiarios de las subvenciones para facilitar la movilidad geográfica los trabajadores desempleados cuya contratación implique este hecho, considerándose que existe movilidad geográfica cuando concurran las siguientes circunstancias:

Exista un traslado efectivo de la residencia habitual del trabajador.
La localidad de destino se encuentre a más de 100 kilómetros de la localidad de origen, excepto cuando se trate de desplazamientos con destino u origen en Ceuta o Melilla o desplazamientos interinsulares, efectuados entre cualquiera de las islas de cada uno de los archipiélagos, en los que la distancia podrá ser inferior.
La contratación sea mediante un contrato indefinido o temporal, con una duración efectiva del contrato igual o superior a seis meses.

En estos supuestos, se consideran subvencionables los gastos de transporte, mudanza e incluso búsqueda y coste del alojamiento con unos baremos realmente atractivos para los trabajadores.

La reflexión que hay que hacer no es baladí, dado que existen multitud de empresas que resumen su ámbito de busqueda de profesionales a su localidad o provincia donde están establecidos; y los mismos trabajadores no se animan a desplazarse a otras poblaciones, donde pueden conseguir mejores condiciones laborales por el escollo ecónomico que supone para cualquiera trasaladar la residencia.

Esta ayuda no es que sea una maravilla, pero al menos, facilita un poco la busqueda de empleo a mucho personal que no encuentra trabajo en su localidad origen, y abre más la capacidad de selección de las empresas para cubrir una vacante en un puesto determinado.



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eMule vs. Agencia de Protección de Datos

Monday, April 28th, 2008

El tema de las nuevas tecnologías y su uso es una materia siempre de actualidad. Ayer mismo, podíamos conocer a través del diario “La Vanguardia” que la Agencia de Protección de Datos recomienda bloquear la instalación de programas de intercambio de archivos como eMule en hospitales, escuelas, bancos y cualquier otra entidad pública o privada que maneje ficheros con datos personales.

Asimismo, recoge el diario que dicho organismo ya ha sancionado tres casos en los que miles de datos han circulado por la red por culpa de un uso negligente de programas de descarga de archivos, existiendo 18 expedientes más abiertos a espera de resolución. De los tres citados, el más grave se sancionó con multa de 150.000 euros (ahí es nada), y se produjo cuando un trabajador de una clínica de Bilbao difundió por descuido a través de eMule los datos de 11.000 pacientes.

Como veis de momento es una recomendación, extensible a muchas empresas, aunque tiene como aliciente para obedecerla el hecho de las cuantiosas sanciones impuestas, y la preocupación cada vez mayor de los ciudadanos por la protección que se hace de sus datos, según el barómetro de febrero del CIS, el 70% de los ciudadanos se muestran preocupados por el uso y tratamiento de su información.

De todas formas, no deja de asombrarme el hecho de que cualquier trabajador pueda instalar en su equipo ese tipo de software, que seguramente muy poco tiene que ver con el desempeño de sus tareas diarias, y que ni empresario ni administración (en sus propias instalaciones) hayan tomado cartas en el asunto con antelación, ya sea a través de la aplicación de normas internas de uso de sus sistemas informáticos, como mediante la aplicación de medidas disciplinarias.

Vía | La Vanguardia



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Guía breve: Cómo comportarse en un juicio

Monday, April 28th, 2008

Por el hecho de ser empresario se incrementan las posibilidades que tiene un ciudadano de acudir ante la Justicia, ya sea como demandante, con el objetivo de garantizar el respeto de sus derechos, como podría ser realizar una reclamación contra un cliente moroso, o una vulneración de su marca, un robo, etc… o bien como demandado, con el fin de defenderse de acusaciones, como pueden ser los supuestos de una reclamación de salarios ante la jurisdicción social, o como imputado en vía penal por un accidente de trabajo por falta de medidas de seguridad e higiene.

Así pues, el propio tráfico mercantil y el día a día de nuestra actividad económica, pueden conllevar el aumento de posibilidades de comparecer ante nuestra Administración de Justicia.

Por ello, es imprescindible tener unas pequeñas nociones de cómo comparecer y actuar en un Juzgado, no se trata de tener que conocer en profundidad el funcionamiento, pero sí tener unas simples ideas claras al respecto.

En primer lugar si hemos de acudir al Juzgado debemos comparecer vestidos de forma correcta, muchos Juzgados prohíben la entrada a personas que lleven bermudas o pantalones cortos en verano (también chancletas, prometo que he visto el cartel en la puerta de una sala de vistas), pues se considera una falta de respeto hacia la institución.

Otro aspecto que deberíamos tener en cuenta es el uso del teléfono móvil, está totalmente prohibido, se debe llevar en silencio o apagado, a no ser que el propio teléfono móvil sea una prueba del proceso.

En cuanto a los formalismos, debemos tener claro que nos dirigiremos siempre con el tratamiento de cortesía habitual, es decir, de usted, a todos los presentes. No es necesario dirigirse al Juez con ningún apelativo especial, simplemente tratarlo con respeto y no tutear a nadie.

También deberemos guardar silencio, aunque no estemos de acuerdo con lo que allí oigamos, ya se encargará nuestra defensa de mostrar nuestra disconformidad con lo alegado.

Si comparecemos como testigos o como parte y somos interrogados, habrá que intentar contestar con un sí o con un no, y si es necesario extenderse, seremos breves y concisos. En caso de duda, pedid que os repitan la pregunta, es normal que los nervios puedan afectarnos.

En cuanto al desarrollo del pleito es conveniente que nuestro abogado nos informe de cómo se va a desarrollar, así como el lugar en el que debemos permanecer durante y después de nuestra intervención.

Concluyendo, si tenemos en cuenta estos pequeños consejos o pautas, podemos tener garantizado que nuestra intervención en el procedimiento será la correcta, y no pasaremos más nervios que los necesarios.

Imagen | Creationc



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El Reglamento de la LODP ha entrado en vigor

Monday, April 28th, 2008

Hace unos meses, Pablo nos adelantó la aprobación del Reglamento que actualiza la Ley Orgánica de Protección de Datos. Su entrada en vigor fue el 19 de abril mediante su publicación en el BOE. (RD 1720/2007 – PDF). Las principales novedades que aporta este reglamento son las siguientes:

Se excluye de su aplicación a las personas fallecidas.
No será de aplicación tampoco al tratamiento de datos de personas físicas (autónomos) que presten sus servicios en personas jurídicas.
Se establece que podrán conservarse los datos (excepción al principio de cancelación) durante el tiempo en que pueda exigirse algún tipo de responsabilidad o en el caso de datos de valor histórico, estadístico, etc.
Se excluye de la obligación del consentimiento al tratamiento de datos en los supuestos de cesión para satisfacción de un interés legítimo del responsable del tratamiento o cesionario amparado por Ley. Asimismo, se establece que no será necesario el consentimiento para la comunicación de datos de salud con fines asistenciales.
Se regula el consentimiento tácito: Dando un plazo de 30 días para oponerse al tratamiento de los datos, en caso de no haber oposición al mismo se entiende que el interesado otorga su consentimiento.
El nuevo reglamento recoge, además, un “Estatuto del Encargado de Tratamiento”.
Introduce como datos de nivel alto los referentes a violencia de género y aquéllos recabados por la policía sin el consentimiento del interesado.

Respecto a las medidas de seguridad se establece un importante cambio para los ficheros que contengan datos de salud, orientación sexual, origen racial, afiliación sindical (datos de nivel alto), estableciendo que los ficheros que contengan datos de este tipo pero que sean accesorios (es decir, que su inserción en el fichero sea a meros efectos de comunicación de cotizaciones a la Seguridad Social, o para el cobro de cuotas sindicales, etc..) podrán considerarse de nivel básico, implementando, por lo tanto, las medidas de seguridad de nivel básico a esos ficheros.

Existe una excepción a esta consideración de carácter básico para los datos personales sensibles, que es el caso de los Despachos Profesionales o Asesorías. Tiene que tratar este tipo de datos cedidos por sus clientesimplementando medidas de seguridad altas para todos esos ficheros.

Quiero recordaros que la inmensa mayoría de empresas imcumplimos con esta Ley, tanto en la obligación de inscripción de ficheros como en su adecuado tratamiento. Se ha establecido un plazo de un año para la mayoría de los casos. No debemos dejar pasar de lado este punto porque la verdad se imponen sanciones ejemplares.



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¿Creías que lo habías visto todo? Promociones en la calle

Monday, April 28th, 2008

A pie de calle, son habituales las promociones sobre servicios o productos a través de folletos, publicidad impresa u otros. Esta forma de “marketing callejero”, está dejando paso a algo más dinámico e interactivo.

Y para ejemplo “espectacular” el de la foto. Jobsintown.de es el portal de oferta y demanda de trabajo más importante de Alemania. Su incursión en este tipo de marketing tuvo lugar durante una recogida de firmas para mejorar las condiciones laborales de los alemanes y fue todo un éxito. El eslogan rezaba: “Hay mejores formas de hacer carrera”.

Hoy día, las empresas recurren a propuestas ingeniosas y originales que logran captar la atención de los transeuntes. Juegos callejeros, plataformas ocio-recreativas, animaciones, espectáculos a pie de calle… Todo desarrollado siempre de forma creativa y original para captar la atención y el interés de los consumidores. Al mismo tiempo se consigue un sentimiento positivo de proximidad y de simpatía hacia un plan bien argumentado.

Lógicamente, los lugares adecuados para poner en marcha este tipo de campañas son los lugares públicos de mayor concentración y afluencia de transeúntes que permiten la puesta en escena de la acción programada.

Marketing de guerrillas, marketing callejero, ambient marketing, street marketing, publicidad en vivo… denominaciones variadas con un factor común: métodos originales, sencillos y económicos para promocionar un producto. Y funcionan porque llegan no solamente a quien los ve en directo, sino también a mucha más gente, gracias al boca a boca y a que acaba por atraer la atención de los medios de comunicación por la originalidad de la propuesta.

Imagen | fotocopys.freehostia.com



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Dame tu palabra

Monday, April 28th, 2008

El otro día, en representación de un cliente, mantuve una negociación a fin de saldar unas deudas económicas. Finalmente obtuve un acuerdo, que procuré fuera en primer lugar, beneficioso para mi cliente, y en segundo lugar beneficioso para la parte contraria, en definitiva, una negociación “ganar – ganar”.

Llegado el día del cumplimiento, la otra parte, después de haberse comprometido a realizar el pago, me dice que tiene una imposibilidad formal para llevar a cabo el mismo, una serie de problemas bancarios, y no podrá hacerlo, que lo hará en breve.

Obviamente, a partir de ese momento la otra parte, ha perdido toda credibilidad para mi, ya no volveré a confiar en él, pues al haber incumplido su palabra de realizar el pago en la fecha convenida ha menospreciado el acuerdo realizado, los esfuerzos que se emplearon para llevarlo a cabo, mi tiempo, el de mi cliente, el suyo propio, pero lo más importante, se ha menospreciado a sí mismo.

La experiencia me dice que en el mundo de los negocios lo más importante que tiene uno es su palabra, señal de compromiso e integridad. Las personas que optan por no respetarse a sí mismos, no alcanzarán ninguna meta económica u objetivo que se propongan, pues la palabra de uno es donde se basa otro pilar muy importante de las relaciones interpersonales que es la confianza.

Por lo tanto, cuidad mucho vuestra palabra, no la otorguéis en vano, es preferible un “no podré hacerlo” o “no me puedo comprometer” que un falso sí, a sabiendas que lo que decimos no podremos materializarlo, porque en primer lugar os traicionáis a vosotros y en segundo lugar impediréis que vuestro interlocutor vuelva a confiar en vosotros.

Imagen | Abenjumeda



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